miércoles, octubre 26, 2022

Sobre el Uso del Uniforme Militar y Accesorios afines

Casos como en el de la foto, perfectamente pueden ser perseguidos por la justicia no solo militar, sino que también por la justicia ordinaria ya que estamos hablando derechamente de un uso no autorizado tanto de la indumentaria como también de los rangos usados por miembros de las F.F.A.A. en servicio activo, pues es muy similar a la usada por el Ejercito en este caso. Aquí tanto el actor, conocido como Toto del Morandé con Compañía y el Canal La Red metieron la cabeza al water, heavy metal.

Uno de mis contactos en Instagram, me etiquetó en un reel o historia en la cual habla sobre este artículo y el proceder de algunos jugadores que van a las partidas de su cancha, equipados con indumentaria cuyo origen está reglamentado por las FFAA y de Orden (Carabineros), como una especie de "advertencia" a algunos que no siendo miembros activos, aparezcan usando este tipo de indumentarias, y por ende, este tema, merece ser analizado desde el punto de vista tanto legal como real, pues en mi team tengo a varios de mis camaradas que son miembros activos del Ejercito y que juegan sus partidas con sus "cargos" (tenidas entregadas por la institucion y cuyo uso y cuidado es de responsabilidad del soldado) y esto lo veo no solo en mi team, sino que también en algunas canchas a las que he ido.

Código de Justicia Militar
Artículo 333.

Será castigado con la pena de reclusión menor en su grado mínimo a medio, todo individuo que sin derecho use uniforme, insignias, distintivos o condecoraciones correspondientes a las Fuerzas Armadas o a Carabineros de Chile.

Igual pena se aplicará al que clandestina o maliciosamente fabricare, importare, internare al país, almacenare, distribuyere o comercializare en cualquier forma, alguna de las especies mencionadas en el inciso anterior.

Si en estos delitos se incurriere en tiempo de guerra, se aplicará la pena aumentada en un grado.

Descuartizando la Ley

"Será castigado con la pena de reclusión menor en su grado mínimo a medio, todo individuo que sin derecho use uniforme, insignias, distintivos o condecoraciones correspondientes a las Fuerzas Armadas o a Carabineros de Chile."

¿Que se entiende por esto? Que ningún ciudadano excepto el personal de nombramiento institucional (si bien este nombre es válido en Carabineros, puede aplicarse a todas las ramas de las FFAA) puede usar uniforme, insignias, distintivos o condecoraciones. Esto no se debe hacer en la vía publica, en eventos castrenses o públicos, reparticiones publicas, protestas o manifestaciones, medios de difusión masiva (Cine y Televisión especialmente, en donde en caso de que tuviesen que hacer "recreaciones históricas", llámese documentales y películas basados en hechos históricos, etc.,  se coordina con la rama en cuestión, para efectos de asesoramiento histórico, o también asesorías para emular la indumentaria llevada por las policías o fuerzas armadas a modo de ejemplo, o derechamente tener la autorización expresa de la rama de las FFAA a la producción). 


Si estos implementos han sido usados en la comisión de delitos, el asunto se pone lejos más grave: es "suplantar" a un miembro activo de las FFAA para la comisión de un delito y esto no solo enloda la imagen que tenemos de nuestra milicia bien regulada.

Luego de analizar esto de manera superficial (no soy abogado ni tampoco un "experto en leyes", agradeceré eso si las correcciones y acotaciones que pueden dejar en la sección comentarios, eso si me demoro en responder pues el blog tiene la moderacion de comentarios activada por razones de seguridad nacional, pero respondo igual) y con lo que veo en cancha, cabe hacerse la pregunta del millón: 

¿Esta legislación se puede aplicar en una cancha de airsoft?

Partamos por decir que esto es un No Aplica. 

¿A que me refiero?  

Partamos de la base que una cancha airsoft se emplaza en un recinto "privado" en donde no hay transito de personas, más allá de los jugadores y espectadores que pagaron su fee o entrada. Aún a pesar de que si eres miembro activo y quieres usar tu tenida que te dejaron a cargo, lo puedes hacer, pero trata de no ser tan obvio y tapa los parches de la unidad a la que perteneces, ya que como es tu "cargo" no puedes quitarle los parches pues vienen "cosidos" a la tenida, y así pasarás más piola.

Pero si no eres miembro en servicio activo, y peor aún,  no eres cuidadoso, y te metes en problemas a raíz de que alguien que sí lo es, lo note, a lo más te hará algunas preguntas o te llamará la atención. ¿Aplicación de la ley? ese caso queda a criterio del "fiscalizador" o "denunciante" que llevará el caso a la justicia militar, en caso de que esto sea factible (en todo caso, es raro de que ocurra, pues los miembros activos de las FFAA y Carabineros que también juegan airsoft no le dan mucha importancia, son bien laxos en ese aspecto). Eso si, es un trámite más que engorroso y lento. Por eso no se hacen mala sangre y lo dejan pasar. Esto tampoco aplica a los reenactors ya que sus tenidas de combate obedecen más a "recreacionismo histórico" que otra cosa. 

Eso si, en otros países, este asunto es más delicado pues en algunos casos raya en el delito del "Stolen Valor" , peor si esto es usado para delinquir, estafar o conseguir beneficios "a la mala", es perseguido no solo legalmente con las penas del infierno que esta ley aplica, sino que también funados en redes sociales. Como ya dije, la mala fama es fácil de adquirir y difícil de quitar.

"Igual pena se aplicará al que clandestina o maliciosamente fabricare, importare, internare al país, almacenare, distribuyere o comercializare en cualquier forma, alguna de las especies mencionadas en el inciso anterior.

Si en estos delitos se incurriere en tiempo de guerra, se aplicará la pena aumentada en un grado."

Esto aplica a quienes de alguna manera fabriquen, importen o internen al país este tipo de especies que no cuenten con la autorización para hacerlo. Esto va por lo general a las fabricas de bordados y accesorios para indumentarias de uso castrense o civil que sin autorización expresa de la entidad, lo haga. Peor aún si es para la comisión de delitos.

Esta es una opinión personal, como mencioné al principio no soy abogado ni "experto en leyes" y agradeceré los comentarios. Esto también será tema de Live en el Instagram del @rincondelairsofter.

Sgt. Joe McDraken
Team Lider
USMC Airsoft Team Chile (@usmc.airsoftteamchile)
K-Joe AirsoftRadio

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